Finanzas & Leyes

¿Puedo renunciar a las deudas de la herencia?

2018-01-09 595 Vistas

En España, la ley no permite aceptar únicamente los bienes de la herencia, renunciando a las deudas, sino que, en su caso, se debe aceptar la totalidad. A estos efectos, existen dos formas de aceptar la herencia en España: pura y simplemente, y a beneficio de inventario.

La aceptación pura y simple implica que desde el momento en que se acepta, el heredero ocupa la posición del fallecido de manera que recibirá todos sus bienes y asumirá todas sus deudas con todo su patrimonio personal.

Por otro lado, en caso de aceptar a beneficio de inventario, el heredero no tendrá que responder de las deudas del fallecido con su patrimonio personal, sino que responderá de las deudas de la herencia con el propio patrimonio del fallecido.

En la práctica, dado que podría darse el caso de que las deudas superen a los bienes de la herencia, y por tanto no fuese conveniente aceptar, se recomienda solicitar un inventario para decidir.

Ana Lorente. Letrada en Cañizares Abogados